La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) analizó el proyecto de la CREG que adiciona la Resolución 175 de 2021 sobre la remuneración del servicio de transporte de gas natural y advirtió que se trata de una actividad regulada con características de monopolio natural, por lo que los ajustes tarifarios tienen efectos directos sobre la competencia y la eficiencia del mercado. La entidad destacó que la propuesta busca asegurar suficiencia financiera e incentivar la expansión de la infraestructura, pero señaló que los cambios deben sustentarse en estudios técnicos y económicos sólidos para evitar distorsiones, sobrecompensaciones o barreras de entrada. Asimismo, recomendó garantizar neutralidad competitiva y transparencia en la metodología, y evaluar el impacto en los usuarios y en la cadena del gas, dado que las tarifas de transporte inciden en los precios finales y la competitividad del sector energético.
La CREG detalló los documentos regulatorios que proyecta expedir durante el año, tanto de carácter general como particular, en el marco de su agenda regulatoria 2026. El documento precisa el tipo de actos que se desarrollarán, su alcance esperado y las materias que serán objeto de análisis y eventual regulación dentro del sector energético. Además, la Comisión publicó los comentarios recibidos frente a la agenda regulatoria, evidenciando el proceso participativo adelantado con los agentes del mercado y demás interesados. Con ello, la CREG no solo transparenta su hoja de ruta normativa para 2026, sino que fortalece la planeación regulatoria, la publicidad de sus actuaciones y la participación de los actores en la construcción de futuras decisiones.
El Consejo de Estado rechazó la demanda contra las resoluciones 175 y 185 de 2021 y 102 009 de 2022 expedidas por la CREG, relacionadas con la aplicación de la tasa de descuento (WACC) en los cargos de transporte de gas natural. La corporación concluyó que la demanda no cumplía los requisitos mínimos de claridad, certeza y suficiencia en los cargos formulados, pues no explicó de manera concreta cómo las decisiones regulatorias vulneraban normas superiores. Señaló que los argumentos eran generales y no estructuraban un verdadero concepto de violación, lo que impedía un pronunciamiento de fondo sobre la legalidad de los actos.
La Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) informó que la producción nacional de gas en 2025 se mantuvo dentro del rango técnico de reservas, con un promedio anual de 794,57 millones de pies cúbicos por día (mpcd), equivalente al 97,5 % del perfil asociado a reservas 2P. Aunque la producción en diciembre de 2025 fue de 692,91 mpcd, la ANH aclara que esta variación mensual no compromete la seguridad energética ni obedece a decisiones de política pública. La disminución entre noviembre y diciembre se atribuyó a factores técnicos y operativos puntuales, como el incremento de la inyección de gas en campos del Piedemonte y afectaciones técnicas en yacimientos. La ANH enfatiza que no existen restricciones regulatorias ni un déficit estructural de res
La CREG amplió el plazo para presentar comentarios al proyecto de resolución 705 011 de 2025, mediante el cual se busca establecer el Régimen de Protección de los Derechos y Deberes de los Usuarios de energía eléctrica, gas combustible por redes y GLP en cilindros y tanques. La decisión fue adoptada en la sesión CREG 1439 del 12 de febrero de 2026 y formalizada a través de la Circular 241 de 2026. La entidad invitó a gobernadores, alcaldes, vocales de control, empresas, gremios y demás interesados a remitir observaciones hasta el 20 de marzo de 2026, en el formato dispuesto para el proyecto, a través de los canales oficiales de participación establecidos por la Comisión.