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La Superintendencia de Industria y Comercio reiteró que los precios de viviendas VIS y VIP deben informarse en pesos colombianos, no en salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), en cumplimiento de los artículos 24 y 26 de la Ley 1480 de 2011. La Circular Externa 004 de 2024 refuerza que los promotores y constructores deben proporcionar información clara y precisa desde la etapa precontractual. La práctica de comunicar precios en SMLMV fue considerada contraria al Estatuto del Consumidor, pues genera incertidumbre sobre el valor real que el comprador debe pagar al momento de la escrituración

El análisis del concepto de la SIC resalta la necesidad de que las reglas regulatorias sean claras, comprensibles y predecibles para evitar generar inseguridad en los agentes del mercado y que estas puedan afectar la competencia justa. La Superintendencia advierte que la falta de precisión en la norma sobre qué actos administrativos se suspenderán puede crear confusión y diferencias en la interpretación, lo que puede causar desigualdad y afectar la operación del mercado. Recomienda incluir en la justificación un análisis del impacto real y asegurar que toda medida esté dentro del marco constitucional y de competencias. La principal consecuencia de una regulación ambigua sería la pérdida de seguridad jurídica, el trato desigual y dificultades para la libre competencia, por eso enfatiza en la necesidad de reglas claras y respetar las competencias del Estado.

Las consideraciones jurídicas del análisis del concepto sobre el proyecto de resolución de MinAgricultura residen en la evaluación del impacto de dichas políticas públicas sobre la libre competencia. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) enfatiza en evitar la incorporación de reglas que generen barreras de entrada o ventajas desleales para ciertos agentes, protegiendo la dinámica competitiva en los mercados de bioinsumos, fertilizantes orgánicos y acondicionadores de suelos. Se subraya que el proyecto, aunque establece lineamientos generales, anticipa regulaciones con incidencia directa en la competencia, por lo que es fundamental garantizar transparencia, igualdad de condiciones y evitar restricciones innecesarias. 

Para la SIC el proyecto impulsado por el Mintransporte pretende dar solución a las dificultades que enfrentan los transportadores y a su vez, busca alinear la reglamentación del sector transporte a las medidas implementadas por la Ley 2294 de 2023 en cuanto a la reducción el impacto medioambiental, en cual se pretende aminorar a través políticas de financiamiento para la modernización y/o transición energética del parque automotor que presta el servicio de transporte de carga. La SIC identifica riesgos regulatorios, como la falta de justificación técnica para extender plazos de recuperación de capital y la inclusión insuficiente de variables relacionadas con mantenimiento y bioseguridad, que podrían generar distorsiones en costos y competencia. Se recomienda establecer incentivos diferenciales para la adopción de tecnologías limpias, fortalecer la interoperabilidad institucional y garantizar trazabilidad en operaciones para prevenir abusos. El proyecto busca modernizar el parque automotor mediante políticas de financiamiento para la transición energética, mejorando la calidad, seguridad y eficiencia del transporte de carga, siempre bajo los principios de libre competencia, iniciativa privada y protección del interés general, promoviendo condiciones homogéneas y evitando inequidades en el mercado.

La SIC estableció el reglamento técnico obligatorio para calentadores de agua eléctricos de uso residencial, fabricados, importados y comercializados en…

La SIC recomendó al Ministerio de Minas y Energía (MinMinas) fortalecer la justificación técnica y regulatoria del mecanismo de Pago por Diferencias (PpD), incorporando análisis detallados de impacto en la estructura del mercado, agentes afectados y precios finales para usuarios. Sugiere incluir criterios mínimos obligatorios en el análisis de conveniencia y definir metodologías claras y transparentes para su elaboración, facilitando el escrutinio por parte de los agentes. Además, aconseja priorizar esquemas competitivos para la asignación y justificar exhaustivamente el uso de esquemas administrados solo en casos excepcionales, con evaluación del impacto en competencia y tarifas. En cuanto a garantías, recomienda establecer rangos o criterios técnicos para asegurar proporcionalidad y reducir incertidumbre, con el fin de prevenir comportamientos especulativos y asegurar el cumplimiento de proyectos. Finalmente, enfatiza la importancia de considerar los comentarios de agentes para consolidar un marco regulatorio transparente y robusto que facilite la participación y promueva la libre competencia.

 La SIC inició una investigación por posibles afectaciones a la libre competencia en 13 procesos de contratación de obras de…

La SIC y la SuperTransporte firmaron conjuntamente con 17 agencias internacionales una carta abierta dirigida al sector aéreo para promover la veracidad y verificabilidad en las declaraciones ambientales de las aerolíneas, combatiendo el greenwashing o ecoimpostura. Esta acción, enmarcada en una iniciativa global de ICPEN, busca fomentar prácticas comerciales responsables basadas en transparencia, sostenibilidad y confianza. Así, se protege a los consumidores, quienes podrán tomar decisiones informadas que contribuyan al cuidado del planeta, y se fortalece un modelo de autorregulación que apoya el turismo responsable y el uso consciente del transporte aéreo.

 El proyecto de norma establece instrucciones para el tratamiento de datos personales en la prestación de servicios financieros mediante tecnologías…

La SIC analizó el proyecto de Decreto del Ministerio de Salud que busca establecer parámetros técnicos que reconozcan a los “Restaurantes Saludables”, destacando que la medida es voluntaria y busca promover la alimentación saludable sin afectar la libre competencia. La SIC recomienda fortalecer la justificación técnica y económica de los criterios de evaluación, para mejorar claridad y transparencia, y sugiere incluir un procedimiento formal de revisión o reclamación para garantizar la participación y la transparencia en el reconocimiento. Además, evalúa si el plazo de seis meses para la implementación es suficiente o requiere ampliación para facilitar adecuaciones.