Este Despacho, mediante auto de 5 de noviembre de 2019, inadmitió la demanda por cuanto la parte actora: i) no expresó con precisión y claridad lo pretendido, ii) no determinó en debida forma los hechos de la demanda, iii) no precisó las normas que se consideran violadas ni desarrolló el concepto de violación, y iv) no allegó las copias de los actos acusados,
El Consejo de Estado negó acción popular contra por el acceso a una infraestructura de servicios públicos y a que su servicio sea eficiente en el Corregimiento Candelaria Arriba, Sector Corea del Municipio Santa Cruz de Lorica (Córdoba)
El Consejo de Estado revocará el auto proferido por el Tribunal Administrativo de Santander el día 2 de octubre de 2018, por las razones expuestas en esta providencia, advirtiendo que Ecopetrol deberá continuar realizando las actividades que fueron contempladas en el Plan de Seguimiento Ambiental que fue presentado en la Anla el 19 de ese mismo mes y año,
El Despacho observa que la demanda interpuesta por el Transportes Aerotur S.A.S., tiene como finalidad la declaratoria de nulidad de los actos administrativos mediante los cuales la Superintendencia de Puertos y Transportes le impuso una sanción pecuniaria y la referida sanción se impuso por una infracción de tránsito que se cometió en el Municipio de Sincelejo.
Para la Sala, las resoluciones 056121 de 30 de octubre de 2017, 14655 de 2 de abril de 2018 y 10526 de 5 de marzo de 2018, que declararon responsable a la parte demandante de la comisión de infracciones de transporte, son actos administrativos definitivos
El Tribunal de Arbitraje profirió un laudo el 5 de agosto de 2010, por medio del cual resolvió la controversia contractual surgida entre el convocante, Gds Ingenieros Ltda., Construtec S.A. y Jecr S.A. y parte convocada Fonade), en el cual se condenó a ambas partes al pago de unas sumas de dinero. El Consejo de Estado en el 2012, resolvió los recursos extraordinarios de anulación
La Sala decretó la medida cautelar de suspensión provisional del artículo tercero del Decreto 2087 del 19 de noviembre de 2019, “Por el cual se dictan medidas para el mantenimiento del orden público, en el marco de la garantía y respeto al derecho a la manifestación pública, pacífica y sin armas”, proferido por el presidente de la República, por encontrar que transgreden
La sala destaca que durante el proceso de licenciamiento del proyecto PORVENIR II, las autoridades intervinientes conocían el proceso de reparación que se estaba llevando a cabo con las víctimas de desplazamiento de esa zona; y si bien se solicitó concepto jurídico a la UARIV sobre su pertinencia, lo cierto es que al otorgar la licencia en cuestión se dejó de lado el deber
En ejercicio de la acción popular, el Procurador Delegado para Asuntos Ambientales y Agrarios demandó al Ministerio de Ambiente al ANLA, al DIMAR, a COTECMAR, a CARDIQUE, al Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias y a EPA CARTAGENA, con miras a obtener la protección de los derechos e intereses colectivos, por el daño ambiental causado al ecosistema
“Debido a la declaratoria de nulidad de los Acuerdos 55 de 21 de agosto de 2001, modificado por los acuerdos 31 de 23 de agosto de 2004 y 74 de 20 de agosto de 2006, por los cuales el Concejo Municipal de Pereira creó la “sobretasa para el deporte y la recreación”, se presentó demanda en ejercicio de la acción de grupo con el fin de reclamar el daño antijurídico