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Seccion1

En este caso, de conformidad con el artículo 71 de la Ley 388 de 1997 (ordenamiento territorial), “se tiene que el proceso contencioso especial de expropiación administrativa constituye un asunto propio de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, pues el medio de control para revisar la legalidad de decisiones que se tomen en materia de expropiación es el de nulidad

El Consejo de Estado decretó la suspensión provisional de la Resolución N.° 00363 de 13 de marzo de 2018, mediante la cual la ANLA revocó la Resolución N.º 2364 de 31 de agosto de 2017, expedida por la CAR y, en su lugar, otorgó en favor de la sociedad comercial Parque Ecológico Praderas del Antelio S.A. E.S.P., licencia ambiental para ejecutar el proyecto denominado

Gas Natural Comprimido S.A., presentó demanda contra la SIC, para que se declare la nulidad de los actos administrativos, en los que se concede el registro de la marca mixta GNC POWERCOM, comoquiera que la persona jurídica fue liquidada y cancelada su matrícula mercantil. El Consejo de Estado, considera que es necesario conocer el

La Sección Tercera de esta Corporación ha asumido el conocimiento, en segunda instancia, de los procesos ejecutivos derivados de laudos arbitrales relacionados con controversias de contratación estatal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 150 y 152 de la Ley 1437, cuando la cuantía excede de 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes

Este Despacho, mediante auto de 5 de noviembre de 2019, inadmitió la demanda por cuanto la parte actora: i) no expresó con precisión y claridad lo pretendido, ii) no determinó en debida forma los hechos de la demanda, iii) no precisó las normas que se consideran violadas ni desarrolló el concepto de violación, y iv) no allegó las copias de los actos acusados,

El Consejo de Estado negó acción popular contra por el acceso a una infraestructura de servicios públicos y a que su servicio sea eficiente en el Corregimiento Candelaria Arriba, Sector Corea del Municipio Santa Cruz de Lorica (Córdoba)

 El Consejo de Estado revocará el auto proferido por el Tribunal Administrativo de Santander el día 2 de octubre de 2018, por las razones expuestas en esta providencia, advirtiendo que Ecopetrol deberá continuar realizando las actividades que fueron contempladas en el Plan de Seguimiento Ambiental que fue presentado en la Anla el 19 de ese mismo mes y año,

El Despacho observa que la demanda interpuesta por el Transportes Aerotur S.A.S., tiene como finalidad la declaratoria de nulidad de los actos administrativos mediante los cuales la Superintendencia de Puertos y Transportes le impuso una sanción pecuniaria y la referida sanción se impuso por una infracción de tránsito que se cometió en el Municipio de Sincelejo.

Para la Sala, las resoluciones 056121 de 30 de octubre de 2017, 14655 de 2 de abril de 2018 y 10526 de 5 de marzo de 2018, que declararon responsable a la parte demandante de la comisión de infracciones de transporte, son actos administrativos definitivos

El Tribunal de Arbitraje profirió un laudo el 5 de agosto de 2010, por medio del cual resolvió la controversia contractual surgida entre el convocante, Gds Ingenieros Ltda., Construtec S.A. y Jecr S.A. y parte convocada Fonade), en el cual se condenó a ambas partes al pago de unas sumas de dinero. El Consejo de Estado en el 2012, resolvió los recursos extraordinarios de anulación