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SP-Sala Plena

SP-Sala Plena (627)

El Consejo de Estado acumula el proceso identificado con el número único de radicación 11001031500020200284900 al proceso identificado con el número único de radicación 11001031500020200094600 que trata sobre las medidas regulatorias transitorias en el sector de agua potable y saneamiento básico,

Con salvamento de voto del consejero Roberto Piza Rodríguez, el Consejo de Estado, declaró la nulidad del artículo primero de la Resolución No. 40101 de 19 de marzo de 2020, proferida por el Ministerio de Minas y Energía, con excepción de su parágrafo el cual se ajusta al ordenamiento jurídico.

El Consejo de Estado avoca el conocimiento del control inmediato de legalidad de la Resolución No. 20201200010894 del 14 de agosto de 2020, “Mediante la cual se establecen los requisitos y condiciones para la disminución temporal de elementos de juego según lo dispuesto en el Decreto Legislativo No. 576 de 2020”, expedida por el presidente de la Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos).

El Consejo de Estado avoca conocimiento en única instancia, de la Resolución 160 de 27 de abril de 2020 expedida por la Agencia Nacional de Minería (ANM), para su control inmediato de legalidad en relación con la atención presencial al público, los términos de algunas actuaciones administrativas de la entidad.

El Consejo de Estado declara que la RESOLUCIÓN N°. 735 DE 8 DE MAYO DE 2020, “Por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo de coronavirus COVID 19 en la prestación de los servicios de centros de llamada, centros de contacto, centros de soporte técnico, centros de procesamiento de datos, centro de servicios compartidos,

El Consejo de estado no avoca conocimiento del medio de control inmediato de legalidad sobre la Circular Externa CIR2020-74-DMI-1000 del 4 de julio de 2020, proferida por la ministra del interior, cuyo asunto se refiere a unas medidas sanitarias y de orden público para el Municipio de Ciénaga, Magdalena.

El Consejo de Estado no avoca conocimiento del control inmediato de legalidad de la Resolución No. 1-0757 del 14 de julio de 2020 del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), por la cual se hace una delegación en la Directora Regional del Casanare para actuar

La Resolución No. 091 del 7 de abril de 2020 expedida por la Dirección de Investigación Criminal e INTERPOL de la Policía Nacional “Por la cual se declara la Urgencia Manifiesta y se adoptan medidas en materia de contratación estatal, por parte de la Dirección de Investigación Criminal e INTERPOL de la Policía Nacional, para la adquisición de bienes o servicios,

la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado declara competente a la Superintendencia de Transporte, para adelantar las investigaciones administrativas contra la sociedad Expreso Bolivariano S.A. -en ejecución de acuerdo de restructuración-, por presuntas violaciones al régimen de protección a los usuarios del servicio de transporte, a través del programa «Viajero Expreso».

Para la Sala, las medidas adoptadas en la circular externa N.º 100-000003 de 17 de marzo de 2020, a través de la cual la SuperSociedades modificó los plazos para la presentación de los estados financieros a 31 de diciembre de 2019, dirigida a los representantes legales, contadores, revisores fiscales, sociedades comerciales, sucursales sociedades extranjeras y empresas