Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 46

Comunicados Sala Plena

Comunicados Sala Plena (81)

La Corte Constitucional declara INEXEQUIBLE el literal c) del artículo 251 del Código Sustantivo del Trabajo que tiene que ver con la norma del código sustantivo del trabajo que excluía del pago del auxilio de cesantía a los artesanos que trabajen personalmente en su propio establecimiento y no ocupen más de cinco trabajadores permanentes.

La Corte  constitucional declarar EXEQUIBLE el Decreto Legislativo 801 del 4 de junio de 2020, “Por medio del cual se crea el auxilio económico a la población cesante, en marco del Estado de Emergencia, Económica, Social y Ecológica” mediante el cual se dispuso la creación de un auxilio económico a la población cesante que haya perdido su empleo a partir del 12 de marzo del año en cita, correspondiente a un valor mensual de ciento sesenta mil pesos ($ 160.000) moneda corriente, hasta por tres (3) meses.

La Corte Constitucional levanta la suspensión de términos que se había ordenado por auto 281 de 06 de agosto de 2020 y declara EXEQUIBLE el Decreto Legislativo 768 de 30 de mayo de 2020 en relación con las medidas sobre la prestación del servicio público de transporte y su infraestructura.

La Corte Constitucional declara exequible el Decreto Legislativo 660 de 2020 del 13 de mayo de 2020 "Por el cual se dictan medidas relacionadas con el calendario académico para la prestación del servicio educativo, en el marco del estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica".

La Corte Constitucional declara constitucional la Ley del Plan Nacional de Desarrollo por el cargo de violación del principio de publicidad. no encontró que se desconociera la unidad de materia en cuanto a los recursos del FONTIC para la superintendencia de industria y comercio, el acceso a las TIC y despliegue de infraestructura,

La Sala Plena encontró que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, vulneró los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia de los peticionarios, por cuanto incurrió en los defectos sustantivo, violación directa de la Constitución y desconocimiento del precedente,

El objetivo es que el FNG respalde con los recursos destinados a su fortalecimiento patrimonial, su participación como fiador o garante de operaciones activas de las instituciones financieras u otras instituciones que realicen operaciones de crédito con personas naturales o jurídicas que hayan sufrido efectos adversos en su actividad económica por la pandemia.

La Corte consideró que la finalidad de la norma es brindar un apoyo económico para el pago de los salarios de los trabajadores de las notarías de todo el país con el fin de garantizar la estabilidad laboral; y el Gobierno demostró la existencia de disponibilidad presupuestal para el efecto.

Para la Corte, el intervenir en los contratos de arrendamiento comercial, para establecer en favor de una de las partes- el arrendatario- la posibilidad de terminar unilateralmente dichos contratos, así sea de manera excepcional, transitoria y condicionada, no resulta necesaria,

La Corte concluye, en la declaración de exequibilidad del Decreto Legislativo 796 de 220, que la norma tiene dos objetivos definidos: (1) otorgar determinados alivios financieros para los pequeños y medianos productores agropecuarios afectados por los efectos socioeconómicos de la pandemia por el COVID-19; y (2) flexibilizar las reglas de contratación estatal,