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¿Bajo qué condiciones y plazos puede modificarse la declaración de importación temporal a importación ordinaria?: DIAN

Escrito por  May 08, 2025

La modificación de la declaración de importación temporal para perfeccionamiento activo a importación ordinaria o la reexportación de la mercancía está condicionada a la certificación expedida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo sobre el cumplimiento o incumplimiento total o parcial de los compromisos de exportación. Esta certificación debe remitirse a la DIAN dentro de los diez días siguientes. El artículo 237 del Decreto 1165 de 2019 establece el plazo para realizar dicha modificación; si no se cumple, procede la aprehensión y decomiso de la mercancía conforme al artículo 83 y siguientes del Decreto Ley 920 de 2023. No es posible modificar la declaración inicial arbitrariamente antes de recibir la certificación, ya que esta garantiza la terminación correcta de la importación temporal y la cancelación de garantías ante la autoridad correspondiente.

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Modificado por última vez en Miércoles, 07 Mayo 2025 23:07