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Análisis del Consejo de Estado sobre el régimen jurídico del contrato de arrendamiento estatal y la prohibición de prórrogas automáticas

Escrito por  May 05, 2025

El Consejo de Estado señala que en la contratación estatal, el régimen jurídico del contrato de arrendamiento se integra con la Ley 80 de 1993 y sus principios, excluyendo las disposiciones del Código de Comercio sobre la renovación automática, ya que estas contravienen los principios de transparencia, concurrencia y buena administración. La prórroga automática no es aplicable en contratos estatales, salvo que exista una disposición legal expresa que la autorice. Además, en la contratación pública, los derechos de renovación y prórrogas automáticas, como en el derecho privado, no proceden, debido a que vulneran los principios de selección objetiva y libre competencia. Por ello, en estos contratos, la regulación se rige principalmente por la ley y principios de contratación estatal, no permitiendo prórrogas automáticas ni derechos de renovación indefinidos, para garantizar la transparencia y la igualdad de oportunidades en la selección de contratistas.

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Modificado por última vez en Domingo, 04 Mayo 2025 19:06