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SuperFinanciera definió el marco regulatorio de los corresponsales bancarios

Escrito por  Oct 05, 2023

En las disipaciones citadas por la Entidad, además de enlistar las modalidades de servicios que pueden prestar los tipos de entidades vigiladas citadas en el artículo 2.36.9.1.1, entre otras los establecimientos de crédito, define las calidades de los terceros que pueden actuar como corresponsales y señala las condiciones para la realización de sus actividades.

La autorización que imparta la entidad vigilada para el “uso del efectivo recibido de s clientes y usuarios”, hace referencia a “transacciones” del negocio propio del corresponsal y no al “desarrollo de las actividades definidas específicamente en el objeto social y las conexas y complementarias”. En esos términos, esta previsión guarda concordancia con la naturaleza jurídica de quienes pueden actuar como terceros corresponsales: personas naturales o jurídicas.

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