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En demanda contra Junta Directiva de Sintracervezas, el CE señaló que no tiene competencia para conocer de una controversia que tenga por objeto estudiar las calidades de elección de los miembros de una junta directiva de una organización sindical

Escrito por  Sep 15, 2022

“No tiene competencia la jurisdicción de lo  contencioso administrativo, para conocer de una demanda contra los actos administrativos mediante los cuales se ordena la inscripción de una junta  directiva de una organización sindical por vulneración a las normas estatutarias y

convencionales”.  El demandante buscaba la nulidad de la Resolución expedida por el Inspector del Grupo de Trabajo Empleo Seguridad Social de la Dirección Territorial Bolívar, por la cual se ordenó la inscripción de la Junta Directiva del  Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria de las Cervezas, Gaseosas, Jugos, Aguas Lisas, Malterías, Alimentos, Afines y similares con destino al Consumo Humano y Animal –Sintracervezas.

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