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Interpretación jurídica de la SSPD sobre la modificación de la metodología de estratificación socioeconómica urbana y rural para servicios públicos domiciliarios del DANE

Escrito por  Sep 01, 2020

Tanto el Modelo de Reglamento del Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica, como la metodología de estratificación socioeconómica urbana y rural para servicios públicos domiciliarios del DANE, imponen el adelantamiento de visitas de campo, como paso previo a la atención de los recursos de apelación que por asignación de estrato interpongan los usuarios.

Dado lo anterior, y en la medida que esta Superintendencia no puede modificar o interpretar la manera en que debe aplicarse tal metodología, ni aún en el marco de un Estado de Emergencia, los Comités Permanentes de Estratificación Socioeconómica deberán dar cumplimiento a las citadas disposiciones, salvo que, acudan a la suspensión motivada de los términos de atención de las actuaciones administrativas, u obtengan del DANE una autorización para variar la manera en que se desarrollan las visitas de campo, potestad que es exclusiva de dicha entidad por ser la emisora normativa comentada.

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Modificado por última vez en Miércoles, 16 Septiembre 2020 17:13