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Consejo de Estado Unifica Jurisprudencia sobre el régimen de los actos jurídicos contractuales de las empresas de servicios públicos domiciliarios

Escrito por  Jul 05, 2024

Salvo las excepciones legales, los actos jurídicos adoptados por los prestadores de servicios públicos domiciliarios con motivo de su actividad contractual, no son actos administrativos y se rigen por la normatividad civil y comercial, así como por las reglas atinentes a su régimen especial. Por tal razón, para controvertirlos a través del medio de control de controversias contractuales, el demandante no tiene la carga de solicitar su anulación.

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Modificado por última vez en Jueves, 04 Julio 2024 19:50