Para la Sala, la exigencia del carné de vacunación para el ingreso a determinados eventos o lugares genere discriminación o segregación social, dado que la única finalidad de la medida (Decreto 1615 de 30 de noviembre de 2021), es garantizar la salud pública y, concretamente, disminuir la velocidad de proliferación del virus, evitar las enfermedades respiratorias graves,
evitar la saturación de los sistemas de salud, y disminuir el número de muertes ocasionadas por dicha enfermedad. Adicionalmente, el Decreto no instauró sanciones de tipo administrativo o judicial para quienes deciden no vacunarse, ni establece estímulos de índole económico o tributario para quienes sí lo hacen.
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