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Consejo de Estado analizó el tratamiento contable y fiscal de las inversiones en estudio de exploración de hidrocarburos y la deducción por gastos de estudios en geología y geofísica en esta fase

Escrito por  Ene 27, 2022

“Sobre las inversiones amortizables en la industria petrolera, de acuerdo con el artículo 142 del ET y la técnica contable, estas inversiones se registran como activos diferidos y así mismo se declaran fiscalmente. Según el reglamento general de contabilidad – Decreto 2649 de 1993- los activos diferidos hacen parte de los activos de la empresa, y corresponden a gastos anticipados

o bienes y servicios de los cuales se espera obtener beneficios en otros períodos. Estos rubros se contabilizarán como activos hasta que el correspondiente beneficio económico esté total o parcialmente consumido o perdido”.

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