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Sábado, 27 Abril 2024

Edición 1155 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 4698 de 2005, los excedentes de liquidez generados a partir de los ingresos públicos deberán ser administrados atendiendo criterios de liquidez y seguridad, mediante alguna de las siguientes modalidades: En cuentas separadas en instituciones vigiladas por la Superintendencia Bancaria", o en títulos de deuda emitidos por instituciones vigiladas por la Superintendencia Bancaria, por la Nación o por el Banco de la República. Dentro de los títulos de deuda se encuentran los certificados de depósito a término, luego los excedentes de liquidez, técnicamente, se pueden invertir en estos títulos, sin embargo, queda sujeto al análisis de cada Cámara de Comercio, este tipo de inversión respecto del concepto de liquidez y seguridad. Así mismo, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 182 de la Ley 1607 de 2012, los ingresos a favor de las Cámaras de Comercio por el ejercicio de las funciones.

En marzo de 2024 la variación mensual del IPC fue 0,70%, la variación año corrido fue 2,73% y la anual 7,36%. Este se explicó principalmente por la variación mensual de las divisiones alojamiento, agua, electricidad, gas y otros combustibles y Transporte.

La presente Circular reglamenta la Resolución Externa No. 6 del 31 de octubre de 2023 expedida  por la Junta Directiva del Banco de la República (JDBR) sobre la interoperabilidad de los sistemas  de pago de bajo valor que presten servicios relacionados con Órdenes de Pagos y/o Transferencias  de Fondos Inmediatas. La Circular será de aplicación obligatoria para las Entidades Administradoras de los Sistemas de  Pago de Bajo Valor Inmediatos (EASPBVI) que procesen Operaciones Intra-SPBVI e Inter- SPBVI.

En el marco del proceso de responsabilidad fiscal es deber del funcionario competente vincular, de conformidad con el artículo 44 de la Ley 610 del 2000, a la compañía de seguros en calidad de tercero civilmente responsable cuando el presunto responsable o el bien contratado sobre el cual recae el proceso se encuentren amparados por una póliza. La CGR ha impartido las correspondientes instrucciones para una correcta vinculación de los garantes en el proceso de responsabilidad fiscal. El contralor general de la Republica expidió la Circular 05 de 2020 determinando aspectos a tener en cuenta para la vinculación de las compañías de seguros dentro de los procesos de responsabilidad fiscal, incluyendo lo concerniente a las pólizas con Clausulas Claims Made. 

A través de esta providencia la Sala declaró la nulidad de la Resolución 1374 de 4 de septiembre de 2023, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social en el marco del  estado de emergencia económica, social y ecológica del departamento de La  Guajira, con fundamento en las medidas en materia de salud previstas en el  Decreto Legislativo 1270 de 31 de julio de 2023, declarado inexequible con efectos  retroactivos desde el momento de su expedición; el Consejo de Estado no puede desconocer la modulación de los  efectos de la declaración de inexequibilidad del Decreto Legislativo 1270 de 2023,  de manera retroactiva, pues ello implica que las medidas en materia de salud que  dieron lugar a la expedición del acto objeto de control desaparecieron del  ordenamiento jurídico desde el momento de su expedición, circunstancia que,  consecuentemente, afecta el atributo de validez del acto administrativo.