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Martes, 23 Abril 2024

Edición 1152 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

La Entidad anunció que las nuevas estaciones de servicio automotrices o fluviales, ubicadas en los municipios reconocidos como zonas de frontera, que pretendan ser objeto de la asignación de volúmenes máximos de combustibles del mes de abril de 2024, deberán radicar la totalidad de la documentación requerida para ello, a más tardar el día treinta y uno (31) de marzo de 2024. Es importante anotar que las estaciones de servicio automotriz o fluvial que presenten documentación posterior a la fecha límite y/o que alleguen de manera incompleta y por ello deban radicar nuevamente dando alcance a comunicaciones previamente presentadas, no serán objeto de la asignación de volúmenes de combustibles con beneficios tributarios, que se realizará el mes de abril de la presente anualidad.

Las centrales térmicas de generación en el mercado eléctrico colombiano pueden utilizar para la actividad de generación de energía eléctrica, las tecnologías y combustibles que consideren más conveniente, siempre y cuando cumplan con las diferentes reglamentaciones que les apliquen, como son el caso de las reglamentaciones de emisiones y calidad de los combustibles emitidas por las autoridades competentes en dichos temas.

En general, la Comisión tiene reguladas las actividades de autogeneración en las Resoluciones 024 de 2015, 135 de 2021 y 174 de 2021; estos actos no establecen ningún tipo de gravamen. A través de este documento se pueden descargar las normas citadas.

Esta Cartera Ministerial precisa que precisa que para el desarrollo de obras y actividades relacionadas con los proyectos de explotación minera y de hidrocarburos, la autoridad Ambiental competente otorgará una licencia ambiental global que abarque toda el área de explotación que se solicite, en este caso, para el desarrollo de cada una de las actividades y obras definidas; en la etapa de hidrocarburos, será necesario presentar un plan de manejo ambiental conforme a los términos, condiciones y obligaciones establecidas en la licencia ambiental global.

El SENA adelantó una convocatoria para que las empresas aportantes, los gremios, federaciones gremiales o asociaciones representativas de empresas o trabajadores, o centrales obreras o de trabajadores legalmente constituidas presentaran proyectos de formación especializada y/o actualización tecnológica del recurso humano vinculado a las mismas, de conformidad con lo previsto en el Acuerdo. Fendipetróleo participó en la convocatoria y formuló un proyecto, que tuvo por objeto optimizar los procesos operativos de una estación de servicio, mejorando las competencias, productividad y calificación del personal de una estación de servicio, mediante la formación especializada del recurso humano en la herramienta tecnológica Octopus EDS. Tras evaluar el proyecto formulado por Fendipetróleo, el SENA avaló su cofinanciación y, en tal virtud, el 1º de julio de 2011 las partes celebraron el convenio especial de cooperación con el fin de ejecutar el proyecto referido.