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Martes, 14 Julio 2026

Edición 1678 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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La corte analizó las características del contrato de prestación de servicios celebrado con entidades estatales y su relación con el contrato de trabajo y el derecho fundamental a la estabilidad ocupacional reforzada. Para la Sala, es claro que “el actor no está ante el riesgo de sufrir un perjuicio irremediable.

Como noveno punto del orden del día en la Sala Plena de la Corte Constitucional se tiene previsto el estudio del expediente D-14345, cuya norma acusada es el artículo 203 de la Ley 1955-2019: Riesgos Laborales. Pago de las comisiones a intermediarios contratados por las ARL para las actividades de promoción y prevención, con cargo a las cotizaciones y primas, incluidas las de riesgos laborales, como gastos de administración, cuyo calor máximo establecerá el Gobierno nacional.

“El Consejo Nacional de Educación Superior (CESU) establecerá el proceso interno para elegir, por un periodo de dos (2) años, el representante de las Instituciones de Educación Superior - lES para conformar el Comité Ejecutivo del Marco Nacional de Cualificaciones (MNC), quien tendrá voz, pero no voto.

A través del proyecto de norma, el ministerio busca reglamentar la elección de los integrantes del Comité Consultivo del Subsistema de Formación para el Trabajo –SF-, el cual será elegido entre los integrantes de los gremios y asociaciones del sector productivo más representativas, por un periodo de dos (2) años, el cual será rotativo entre las mismas.

De acuerdo con el concepto y luego de varios análisis sobre la materia, la Dian indicó a través de concepto que “la generación del documento soporte de pago de nómina electrónica frente al concepto de cesantías deberá efectuarse teniendo en cuenta el concepto de abono en cuenta derivado del principio de devengo, esto es, la realización del respectivo gasto deducible que pretenda imputarse el sujeto obligado.