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Corte Suprema de Justicia analizó el régimen de transición en pensiones especiales por actividades de alto riesgo

Escrito por  Feb 10, 2022

“Para el reconocimiento de la pensión especial de vejez prevista en el artículo 15 del Acuerdo 049 de 1990 y 8 del Decreto 1281 de 1994, es procedente considerar los períodos que se derivan de una orden judicial de reintegro como laborado en tareas de alto riesgo, pese a  que no haya existido exposición al no ejercerse materialmente el cargo.

Se encuentra acreditado que el demandante ejecutó labores en las que fue expuesto a sustancias comprobadamente cancerígenas en el período comprendido entre su vinculación inicial y el despido, inferencia que se extiende a los períodos derivados de la orden judicial de reintegro”.

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