Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
Lunes, 06 Mayo 2024

Edición 1160 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

A través de dos circulares, la CREG informa que más tardar el 18 de noviembre del presente año, los Productores-Comercializadores de Gas Natural deben remitir a la CREG la información respecto de los contratos de suministro de gas pactados en el período comprendido entre enero de 2016 y julio de 2020.

A través de la publicación de un concepto, la CREG comunicó que actualmente existen solicitudes tarifarias para la aprobación de cargos de distribución de gas combustible por redes de tubería, que incluyen a los municipios de Orito y Valle del Guamuez (La Hormiga), departamento de Putumayo. Con respecto al municipio de San Miguel, Departamento de Putumayo,

De acuerdo con el concepto publicado por la CREG, las empresas distribuidoras deberán asegurar que el cargo promedio por acometida no sea superior a $100.000.oo y el cargo por el medidor no sea superior a $40.000.oo, ambos  a precios de 1996, actualizados anualmente con la variación del Índice de Precios al Consumidor del año anterior calculado por el DANE.

Mediante Resolución, la CREG reguló aspectos comerciales del mercado mayorista de gas natural, como parte del reglamento de operación de gas natural. Esta Resolución contiene el conjunto de disposiciones aplicables a las negociaciones del suministro de gas natural utilizado efectivamente como combustible que se realicen en el mercado primario y en el mercado secundario.

La resolución regula “aspectos comerciales del mercado mayorista de gas natural, como parte del reglamento de operación de gas natural, relacionados con la comercialización de capacidad de transporte de gas natural. Esta resolución contiene el conjunto de disposiciones aplicables a las negociaciones de capacidad de transporte de gas natural que se realicen en el mercado primario y en el mercado secundario”.