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Viernes, 26 Abril 2024

Edición 1155 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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A través de la publicación de un concepto la CREG estableció que, para el caso del servicio público de gas combustible, la acometida comienza desde el punto en el cual se deriva una red local del servicio hasta el registro de corte del inmueble o el registro de corte general, según sea el caso, sin que sea incluido el medidor.

Teniendo en cuenta las solicitudes presentadas por los agentes en relación con el modelo descrito en el Anexo 1 de la Resolución CREG 160 de 2020, Por la cual se publicó un proyecto de resolución en la que se establecieron los criterios generales para remunerar el servicio de transporte de gas natural y se dictan otras disposiciones

Con el fin de difundir el resultado del estudio para analizar y evaluar las disposiciones regulatorias del servicio público domiciliario de gas natural que aplican a los usuarios no regulados, la CREG realizará una presentación a través de la plataforma Microsoft Teams, el jueves 10 de diciembre de 2020 de 8:00 am a 10: 00 am

El taller será presentado a través de la plataforma Microsoft Teams el miercoles 18 de noviembre de 2020 de 10:00 a.m. a 12:00 m. la CREG invita a los interesados a participar en esta jornada de difusión, para lo cual es necesario inscribirse en el calendario de eventos disponible en el portal web de la Comisión www.creg.gov.co.

A través del acto administrativo, se aprueba el cargo máximo base de comercialización de Gas Licuado de Petróleo (GLP) por redes de tubería para el Mercado Relevante conformado por los Municipios de Labranzagrande, Paya y Pisba, Departamento de Boyacá, en $3,910.51 según solicitud tarifaria presentada por DISTICON S.A.S. E.S.P