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Lunes, 06 Mayo 2024

Edición 1160 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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“Este boletín está divido en cuatro partes generales, una primera parte corresponde al análisis del mercado de gas, una segunda que corresponde al mercado de energía eléctrica, una tercera que hace un análisis de la concentración del mercado en el largo y corto plazo de energía eléctrica y una cuarta que establece un análisis general de los aspectos más importantes en el mercado de gas en el año 2021;

La CREG, al analizar los costos totales de prestación del servicio y la cobertura a los usuarios se encontró que, la mejor solicitud tarifaría para el mercado relevante conformado por los municipios de Arauca, Cravo Norte y Puerto Rondón, en el departamento de Arauca, fue la presentada por la empresa ARAUCANA DE GASES S.A.S. E.S.P.,

La CREG resolvió recurso de reposición y confirmó en todas sus partes la Resolución CREG No. 162 de 2021 “Por la cual se aprueba el cargo de distribución por uso del sistema de distribución de Gas Natural Comprimido (GNC) por redes de tubería para el mercado relevante conformado por el Municipio de Úmbita en el Departamento de Boyacá”

A través del presente acto administrativo se designó como Perito a la firma Divisa  Ingenieros Asociados Ltda, para que rinda los dictámenes periciales decretados dentro de las Actuaciones Administrativas contenidas en los Expedientes CREG 2021-0128 y CREG 2020-0123, para establecer el valor de reposición a nuevo de las Estaciones de Regulación de Puerta de Ciudad

La CREG publicó dos informes adicionales que el consultor THE BRATTLE GROUP entregó a la Comisión. El primer documento corresponde al reporte 3 de la consultoría con algunos ajustes finales y firmado por los consultores Dan Harris y Carlos Lapuerta. El segundo documento contiene las respuestas a algunas de las preguntas que los agentes le formularon al consultor. Ambos documentos forman parte de ellos anexos técnicos de la circular publicada por la entidad.