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Domingo, 05 Mayo 2024

Edición 1159 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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De acuerdo con la doctrina publicada por la CREG, para el reporte de información, el agente debe hacer su mejor estimación de los costos en pesos de las variables CSC y CTC, teniendo en cuenta la forma en que se facture el suministro y transporte que haya contratado. Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.

 A través de un concepto la CREG dispuso que, en el Artículo 5 de la Resolución CREG 030 de 2018 se expresa que la sumatoria de potencia instalada de los autogeneradores a pequeña escala y generadores distribuidos, conectados en el nivel de tensión 1 de un determinado circuito o transformador, no podrá superar el 15% de su capacidad nominal, sin que para ello se haya establecido alguna limitación sobre el factor de potencia asociado con los equipos a instalar.

A través de un concepto la CREG reitero que, en relación con los incrementos en el costo unitario de prestación del servicio de energía eléctrica, la Resolución CREG 012 de 2020 establece una opción tarifaria para que los comercializadores de energía eléctrica, de manera voluntaria, puedan diferir el incremento del costo del CU en las tarifas, para no impactar de manera importante

De acuerdo con el concepto publicado por la CREG, en lo que concierne con el cumplimiento de las responsabilidades tributarias de cada uno de los agentes, no es de competencia de esta Comisión decidir la forma como se deben cumplir. En cuanto a las cifras reconocidas, corresponden a los valores típicos empleados en este tipo de obras utilizando prácticas de ingeniería normalmente aceptadas en el país.

“En relación con los incrementos en el costo unitario de prestación del servicio de energía eléctrica, la Resolución CREG 012 de 2020 establece una opción tarifaria para que los comercializadores de energía eléctrica, de manera voluntaria, puedan diferir el incremento del costo del CU en las tarifas, para no impactar de manera importante la facturación de sus usuarios. De manera temporal,