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Sábado, 04 Mayo 2024

Edición 1159 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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La CREG no conoce el número de reconexiones que se han llevado a cabo durante el estado de emergencia sanitaria. Sin embargo, resalta los esfuerzos que se han adelantado para garantizar el servicio en el territorio nacional.

La CREG actualizó la base de activos aprobada al Grupo Energía Bogotá S.A. E.S.P., manteniendo sin cambios los demás parámetros aprobados a este transmisor. La resolución incluye un anexo.

El Ministerio de Minas y Energía, con el apoyo del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario FINAGRO, pone a una nueva Línea Especial de Crédito con Tasa Subsidiada LEC Minera, dirigida a titulares o beneficiarios de títulos mineros de pequeña escala, que soliciten financiación para el desarrollo de actividades encaminadas a mejorar la productividad del sector minero.

El Artículo 338 de la Constitución Política de Colombia, establece la facultad de los concejos distritales y municipales para imponer contribuciones fiscales o parafiscales, como recuperación de los costos de los servicios que les presten. Le corresponde al Concejo Municipal identificar los sujetos pasivos y activos, los hechos y las bases gravables, así como las tarifas del impuesto.

“Ningún usuario podrá decidir acogerse a las condiciones de Usuario No Regulado o de Usuario Regulado. En todo caso sólo se considerará que un usuario es Usuario No Regulado cuando se cumpla con las características definidas por la regulación.  En caso de que un Usuario No Regulado disminuya sus consumos y se clasifique como Usuario Regulado,