A través de un concepto la CREG reitero que, en relación con los incrementos en el costo unitario de prestación del servicio de energía eléctrica, la Resolución CREG 012 de 2020 establece una opción tarifaria para que los comercializadores de energía eléctrica, de manera voluntaria, puedan diferir el incremento del costo del CU en las tarifas, para no impactar de manera importante
la facturación de sus usuarios. De manera transitoria, la Resolución CREG 058 de 2020 vuelve la opción tarifaria una medida obligatoria “cuando se presente un incremento superior al 3% en el Costo Unitario de Prestación del Servicio o en cualquiera de sus componentes.
Descargar documento