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para la sala, Fiduagraria S.A., al ser entidad pública, sí es sujeto de control fiscal, “ya que dicho control cubre a todos los sectores, etapas y actividades, en los cuales se manejan bienes o recursos oficiales, sin que importe la naturaleza de la entidad o persona,

El concepto 083011-2021 indica que ante la ausencia de norma que determine el tipo de vínculo legal entre una compañía y su representante legal, la naturaleza de dicha relación depende de las necesidades y circunstancias específicas de cada sociedad. En consecuencia, el vínculo entre la sociedad y su representante legal puede ser de naturaleza laboral o civil.

A través del concepto 081264-2021, se indica que cuando la pérdida de calidad de factor se origine en la erradicación de la actividad de factoring, de su objeto social se probará tal situación allegando a la SuperSociedades un certificado de existencia y representación legal que así lo confirme, así como la información financiera certificada suficiente para determinar el momento exacto en que dejaron de registrarse en la contabilidad operaciones de tal naturaleza.

De acuerdo con la doctrina 220-081038-2021, publicada por SuperSociedades, el derecho de inspección permite al asociado el conocimiento de la información y documentación de la sociedad en la que tiene su inversión, a la cual tiene derecho a acceder de acuerdo con las normas legales en forma directa o mediante apoderado debidamente constituido.

A través del concepto se explicó que, se entiende por ruta el trayecto comprendido entre un origen y un destino con un recorrido determinado y características respecto de horarios, frecuencias y aspectos operativos, estas rutas se autorizaran mediante un permiso de operación el cual no genera derechos especiales y el estado establecerá las reglas para su otorgamiento.

“Los propietarios de los vehículos que presten servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera y mixto con excepción de los que sean tipo campero y chiva deberán realizar la reposición de sus equipos a los 20 años contados a partir de su registro inicial”.

La autoridad competente es la prestación del servicio público de transporte masivo de pasajeros es la constituida, para el efecto, por el ente territorial o administrativo correspondiente el cual ejercerá funciones de planificación, control y vigilancia en dicha prestación de servicio públicos bajo la coordinación del MinTransporte y en ningún caso deberá ser un operador o una empresa habilitada.

A través del presente concepto el MinAmbiente reiteró que los términos para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental en proyectos mineros fueron establecidos en la Resolución 0447 de 2020, “Por la cual se expiden los términos de referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental (EIA), requerido para el trámite de la licencia ambiental global o definitiva para proyectos de explotación de pequeña minería y, se toman otras determinaciones”,