“Es cierto que el literal b) del numeral 1° del artículo 164 del CPACA dispone que en aquellos eventos donde “el objeto del litigio lo constituyan bienes estatales imprescriptibles e inenajenables” la demanda puede presentarse en cualquier tiempo. No obstante, esta regla resulta aplicable únicamente a los casos en que se pretende controvertir la propiedad sobre el bien estatal”.
Aunque está acreditado que UNICOC asentó su firma en la parte final de la minuta del contrato de arrendamiento, no se indicó en qué condición o calidad lo hizo, rúbrica que por sí sola. Para la Sala, “resulta insuficiente para afirmar que posee la condición de arrendatario, no solo porque el mismo contrato no fue expreso en definir que tenía tal connotación, sino, especialmente, porque de esa firma no es posible extraer su voluntad clara y expresa de obligarse, bajo qué condiciones, y mucho menos, el consentimiento de los demás contratantes, considerando que no se estableció derecho ni obligación alguna a cargo de la Fundación referida.
A través de la presente Resolución, la UPME corrigió el error aritmético contenido en el artículo 1 de la resolución 000045 de 2024 estableciendo que los precios promedio del carbón y los percentiles 65 y 75 de dicho precio promedio, para efectos de determinar los puntos adicionales a la tarifa general del impuesto sobre la renta establecidos en el parágrafo 3 del artículo 240 ET para el año gravable 2023 son: precio promedio del carbón del año gravable 2023 USD/TON 114,08, percentil 65 de los precios promedios mensuales de 2013 a diciembre 2022 USD/TON 92.65 y percentil 75 de los pro precios promedio mensuales de enero 2023 a diciembre 2022 en USD/TON 98.67.
A través de la presente Resolución la SSPD modificó el artículo segundo de la Resolución No. SSPD -20235200853985 del 21/12/2023 estableciendo criterios para la verificación de criterios de estudio o experiencia para las equivalencias, categorías de la columna de "estudios" y de "experiencias"
A través del presente proyecto de norma, el MinHacienda busca modificar y adicionar consideraciones relacionadas con el FONDES en los aspectos relacionados con el uso de los recursos, alcance de la financiación y participación del FONDES en programas de capital semilla, definiciones relacionadas con la financiación y participación del FONDES en programas de capital semilla, financiación y participación del FONDES en programas de capital semilla, presupuesto del FONDES a ser destinado a programas de capital semilla, administración y dirección de los programas de capital semilla, funciones del administrador del programa, condiciones generales para la operación de los programas en lo relacionado con la entrega de recursos a los beneficiarios, términos y condiciones relacionados con la condonación de los recursos por parte del administrador del programa.
El proyecto del MinHacienda buscaría modificar aspectos relacionados con el manejo y administración de los recursos de los Programas de Saneamiento Fiscal y Financiero de las Empresas Sociales del Estado categorizadas en riesgo medio o alto, puntualmente en lo que tiene que ver con los criterios de viabilidad del programa de saneamiento fiscal y financiero, ejecución de los recursos del programa de saneamiento fiscal y financiero, manejo y administración de los recursos de la empresa social del estado categorizada en riesgo medio o alto que deban adoptar programas de saneamiento fiscal y financiero.
MinAmbiente tendrá un horario laboral de lunes a viernes en jornada continua en los siguientes horarios: 7:00a.m. a 4:00p.m., 8:00a.m. a 5:00p.m y 9:00a.m a 6:00p.m y se aclaró que para que proceda el pago de horas extras y del trabajo ocasional en días dominicales y festivos, así como el reconocimiento de descanso compensatorios cuando ello hubiere lugar, se tendrá en cuenta las previsiones contenidas en el Decreto de salarios que para cada año expida el Gobierno Nacional. Adicionalmente, adoptó la política de Desconexión Laboral al interior de la entidad con el fin de garantizar el goce efectivo del tiempo libre y los tiempos de descanso, licencias, permisos y vacaciones para conciliar la vida personal, familiar y laboral.
A través de la presente Resolución quedó establecido que la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras, la ANI, la ADR y otras entidades del sector, implementarán medidas y programas urgentes orientados a asegurar el goce efectivo de los derechos a la población por el conflicto armado interno. También se estableció que el accionar de las entidades deberá atender los enfoques diferenciales, como el étnico en el caso de derechos territoriales, el enfoque de género, etario, de discapacidad y demás que sean pertinentes de acuerdo con la particularidad de los casos.