La CREG clarificó el estatus de las líneas de transmisión a 220 kV que son construidas y operadas por privados para conectar sus proyectos a la red nacional. Ante la consulta sobre si estas infraestructuras de uso exclusivo forman parte del Sistema de Transmisión Nacional (STN), el regulador precisó que, a pesar de su nivel de tensión, no se consideran elementos del STN. La CREG explica que son "Activos de Conexión", diseñados para la vinculación física de un usuario, y su integración al sistema no depende solo del voltaje, sino de su función y uso particular. Esto los diferencia de los "Activos de Uso", que prestan servicio a todos los integrantes del sistema y se remuneran mediante cargos generales, mientras que los activos de conexión se financian por contrato entre el propietario y el usuario específico.
La Asociación Colombiana de Generadores de Energía Eléctrica (Acolgen) expresó a la CREG su preocupación por la complejidad y la magnitud de los cambios introducidos por una reciente normativa que impacta la conexión y operación de plantas. Ante la solicitud de una socialización ampliada para garantizar una comprensión adecuada de estos nuevos lineamientos regulatorios, la CREG ha respondido que evaluará la realización de una reunión virtual durante julio o agosto. Este encuentro tendrá como propósito aclarar las inquietudes de los generadores y facilitar la adaptación a las nuevas disposiciones.
Colombia Compra Eficiente precisó aspectos sobre los Documentos Tipo para la contratación de obras de infraestructura social en sectores como salud, educación y cultura, incluyendo nuevas modalidades de selección que aplican desde febrero de 2026. Ante la consulta sobre la correcta aplicación del Formato 12A de Criterios Ambientales, la entidad aclaró que las entidades deben seleccionar la opción ambiental correspondiente al presupuesto oficial del proceso y eliminar las no aplicables. Los oferentes, por su parte, deben comprometerse a cumplir la totalidad de los criterios establecidos en la opción escogida para poder obtener los quince puntos asignados a este factor, sin poder suprimir discrecionalmente ninguno de los requisitos. La Agencia aseguró que las solicitudes de mejora al formato serán consideradas para futuras revisiones.
El gobierno levantó la suspensión general de los permisos para el porte de armas de fuego. Esta medida permite a los ciudadanos con permisos vigentes y sin restricciones legales ejercer su derecho a portar sus armas. Es crucial entender que no se trata de un libre porte de armas ni se altera el monopolio estatal; todos los requisitos legales, condiciones, restricciones y controles previstos para la tenencia y porte siguen plenamente vigentes. Las autoridades militares mantienen sus facultades para expedir, suspender, cancelar o revocar permisos, garantizando la continuidad de la supervisión estatal.
El Ministerio de Transporte publicó un proyecto de norma que busca derogar una circular que generaba confusión y requisitos adicionales para el control de infracciones en vía mediante dispositivos electrónicos operados por agentes de tránsito. Esta decisión busca alinear la regulación con la normativa superior, eliminando cargas y condiciones que no estaban contempladas en la ley. El proyecto de resolución reitera que los equipos electrónicos empleados directamente por un agente de tránsito competente, presente y visible, que los opere manualmente para registrar la evidencia y emitir el comparendo en el lugar, no requieren autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial. La medida garantiza seguridad jurídica y debido proceso, evitando interpretaciones que restringen indebidamente la facultad de control de las autoridades.
El Ministerio de Comercio comunicó a las Cámaras de Comercio del país las directrices esenciales para sus aportes y programas en 2027. En cumplimiento de las disposiciones reglamentarias, se establecen porcentajes de cofinanciación basados en sus ingresos por servicios públicos delegados, que oscilan entre el 1% y el 30%. Según su clasificación, las Cámaras deberán implementar entre dos y cinco programas ministeriales obligatorios, orientados al fortalecimiento empresarial, internacionalización, atracción de inversión y, prioritariamente, la recuperación productiva en zonas afectadas por eventos naturales recientes. La circular enfatiza componentes transversales como la simplificación de trámites, innovación, acceso a financiación y sostenibilidad, buscando potenciar el crecimiento y la competitividad territorial.
Ante el reciente sismo de gran magnitud que impactó diversas regiones del país, y la posterior declaratoria de desastre nacional, la CREG emitió directrices transitorias para el sector. Estas medidas buscan asegurar la continuidad y confiabilidad del servicio eléctrico, permitiendo a los operadores de red aplazar la presentación de sus planes de inversión y ofreciendo flexibilidad en los plazos para la reparación y normalización de los sistemas de medición y fronteras comerciales en las zonas afectadas. Con ello, se facilita la gestión y recuperación de la infraestructura, mitigando los impactos de la emergencia en la prestación del servicio público esencial.
La Superintendencia de Sociedades precisó el alcance de sus competencias frente a las cámaras de comercio, particularmente en materia de tarifas, elección de juntas directivas e incompatibilidades. La entidad aclaró que, aunque ejerce funciones de inspección, vigilancia y control sobre estas instituciones desde el 1 de enero de 2022, no tiene competencia para fijar, determinar o revisar sus tarifas, facultad atribuida al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Asimismo, señaló que los miembros elegidos de las juntas directivas tienen períodos de cuatro años y pueden ser reelegidos inmediatamente por una sola vez, para una permanencia máxima de ocho años. Finalmente, indicó que no existe una prohibición expresa para que una persona sea simultáneamente miembro de una junta y árbitro del centro de arbitraje de la misma cámara.