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SU Sentencias Unificadas

SU Sentencias Unificadas (42)

“Lo anterior bajo el entendido y advertencia que la decisión definitiva sobre si el actor es titular o no de la prestación debe ser adoptada por la jurisdicción ordinaria laboral, toda vez que a la fecha se encuentra en curso un recurso extraordinario de casación presentado ante la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia. Mientras que

La Sala concluyó que la tardanza o incumplimiento de los términos judiciales para resolver el recurso extraordinario de casación interpuesto por Porvenir, no era atribuible a la negligencia de la Sala de Casación Laboral, sino que obedecía a razones de congestión judicial. Por lo tanto, no existió violación de los derechos al debido proceso y acceso a la administración de justicia. No obstante, al evidenciar que el Actor estaba expuesto a la producción de un perjuicio irremediable por su deteriorado estado de salud y compleja situación económica, consideró necesario conceder el amparo transitorio de los derechos a la seguridad social, mínimo vital y vida digna.

“El Consejo Nacional Electoral además de reconocer la personería jurídica al Partido Nuevo Liberalismo, deberá también reconocerla a los demás terceros beneficiarios a los que se les aplique esta misma providencia. Frente a los partidos y movimientos que acrediten los elementos para ser beneficiarios de la presente sentencia, el Consejo Nacional Electoral

La Corte concedió el amparo a los derechos fundamentales a la igualdad, al debido proceso y al acceso a la administración de justicia de las accionantes para que se declarara la responsabilidad el Estado por considerar que dos ciudadanos no integraban ningún grupo insurgente y fueron víctimas de ejecuciones extrajudiciales por miembros de las fuerzas militares.

Esta decisión la adoptó la Corte en sala plena del 16 de septiembre 2021. El texto de la providencia recientemente acaba de hacerse público. “Al tutelar el derecho fundamental a la oposición política, en los términos del artículo 112 de la constitución, la corte constitucional ordena al Consejo Nacional Electoral reconocer la personería jurídica al movimiento

La Corte “ordenó al MinEducación que, en diálogo y consulta con los pueblos indígenas, bien sea en el marco de la CONTCEPI o mediante un espacio específico para este efecto, defina un sistema transitorio de equivalencias, que permita a los etnoeducadores que han sido nombrados en propiedad, gozar de los derechos propios del escalafón docente en lo que

El Actor aseguró que la empresa le notificó que su contrato de trabajo no se prorrogaría después del 31 de octubre de 2020 y no tuvo en cuenta que gozaba de estabilidad laboral reforzada, debido a su recuperación respecto de un accidente laboral sufrido el 19 de febrero de 2020. Para la Sala, “la acción de tutela es improcedente por no cumplir el requisito de subsidiariedad. La

En la providencia la Corporación se ocupa de analizar el fondo del debate y consideró que el problema jurídico a resolver consiste en si una providencia judicial, al asignar a la Jurisdicción Penal Militar la competencia para conocer de la muerte de un manifestante, pese a existir duda sobre la relación de esa conducta con el servicio, incurre en defecto fáctico, violatorio de los

 En el presente fallo de tutela, la Corte Construccional estudio las siguientes temáticas: la naturaleza jurídica y los requisitos de la pensión sanción, el contenido y alcance del derecho constitucional a la huelga, el principio de favorabilidad en materia laboral y sus implicaciones de cara a la decisión de la Corte que ha estudiado la relación entre el régimen pensional y el

Ante la Corte Constitucional 107 personas interpusieron una acción de tutela en contra de la ANT. En su solicitud, los accionantes invocaron, entre otros, la protección de sus derechos de petición y al debido proceso administrativo. Esto, debido a que la entidad accionada no había proferido respuesta de fondo sobre el derecho de petición presentado por los accionantes ni