todas las actuaciones surtidas en el proceso de rendición provocada de cuentas desde la admisión de la demanda, incluyendo los fallos adoptados en primera y en segunda instancia”. Para la Corte Constitucional “la sociedad accionante pretendió reabrir mediante acción de tutela un debate meramente legal, de carácter privado y con efectos estrictamente económicos, que ya había sido definido ante las instancias judiciales correspondientes”.