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Corte declaró improcedente acción de tutela promovida por la Compañía de Electricidad del Cauca S.A.S. E.S.P., a raíz de un contrato de gestión para la comercialización y distribución de energía eléctrica que éste suscribió con Cedelca

Escrito por  Sep 08, 2021

La Compañía de Electricidad del Cauca S.A.S. E.S.P. “interpuso acción de tutela en contra del Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Popayán y del Tribunal Superior de Popayán con el fin de que se protegieran sus derechos fundamentales a la igualdad, debido proceso y acceso a la administración de justicia. Solicitó que, como consecuencia del amparo decretado, se dejen sin efecto

todas las actuaciones surtidas en el proceso de rendición provocada de cuentas desde la admisión de la demanda, incluyendo los fallos adoptados en primera y en segunda instancia”. Para la Corte Constitucional “la sociedad accionante pretendió reabrir mediante acción de tutela un debate meramente legal, de carácter privado y con efectos estrictamente económicos, que ya había sido definido ante las instancias judiciales correspondientes”.

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