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Consejo de Estado fija límites al ejercicio del cobro coactivo mediante contratos estatales

Escrito por  Sep 15, 2026

Al examinar la figura del cobro coactivo y su eventual ejercicio por particulares, el Consejo de Estado analizó los límites para trasladar esta función administrativa mediante un contrato estatal de prestación de servicios. La Sección Tercera estudió el acuerdo celebrado entre el Ministerio de Defensa y Alvis Consultores para gestionar el cobro de cuotas partes pensionales y otras obligaciones, y determinó que el contratista no se limitó a brindar apoyo, sino que asumió funciones propias del procedimiento, como sustanciar procesos, gestionar cartera y títulos, proyectar mandamientos de pago y otros actos, efectuar notificaciones, celebrar acuerdos y atender recursos y peticiones. La Sala concluyó que esta actuación implicó el traslado de la competencia estatal, en contravía de las normas de orden público que regulan el cobro coactivo, por lo que declaró la nulidad absoluta del contrato por objeto ilícito. También señaló que esta competencia no podía ser delegada a un particular mediante un negocio jurídico.

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Modificado por última vez en Lunes, 14 Septiembre 2026 23:24