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Corte amparó el derecho sobre el acceso a los planes de manejo ambiental a las comunidades Negras de Pasacaballos, el cual fue omitido por Plexaport S.A.S., para la realización de un proceso de consulta previa de un proyecto de almacenamiento de GLP

Escrito por  Jun 24, 2021

Según los demandantes, la ANLA y otras entidades accionadas, vulneraron los derechos fundamentales de petición, de identidad étnica y cultural, libre determinación, autonomía y participación del Consejo Comunitario, por haber omitido la realización del

proceso de consulta previa para la ejecución del proyecto de construcción de una planta de almacenamiento de Gas Licuado de Petróleo (GLP), que, presuntamente, genera una afectación directa a la comunidad afrodescendiente. De un lado, la Corte negó el amparo de los derechos de identidad étnica y cultural a la Junta Directiva del Consejo Comunitario de Comunidades Negras de Pasacaballos, y amparó el derecho sobre el acceso a los planes de manejo ambiental y de otro, reiteró que EPA Cartagena y a las autoridades ambientales competentes, deben vigilar el estricto cumplimiento de las medidas de mitigación de riesgos e impacto ambiental del proyecto de almacenamiento de gas licuado de petróleo realizado por Plexaport S.A.S. permitir que la comunidad accionante conozca las medidas contempladas en los planes de manejo ambiental y de emergencias y contingencias, con el fin de que divulgar los riesgos y las acciones que conllevan a mitigarlos.

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Modificado por última vez en Jueves, 24 Junio 2021 13:15