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Gobierno reglamentó las definiciones, presupuestos y trámites para la inscripción e incorporación en el Registro Único de TIC

Escrito por  Abr 12, 2021

El decreto aplica a todas las personas que provean o vayan a proveer redes o servicios de telecomunicaciones, entre estos,

los operadores del servicio de televisión, también a los concesionarios del servicio de radiodifusión sonora y los titulares de permisos para el uso de recursos escasos. Tiene por objeto por objeto establecer las definiciones, presupuestos y trámites para la inscripción e incorporación en el Registro Único de TIC de que trata el artículo 15 de la Ley 1341 de 2009.

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