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Interpretación prejudicial de la Comunidad Andina analizó si un estudio de audiencia (rating) es susceptible de protección a través del derecho de autor

Escrito por  Abr 03, 2024

Esta interpretación prejudicial de la Comunidad Andina (IP 197-2024), surge como consecuencia de la solicitud hecha por el Consejo de Estado con el fin de resolver un litigio surgido entre Caracol, RCN y otros, contra la SIC. El Alto Tribunal analiza, a través de esta providencia, si un estudio de audiencia (rating) es susceptible de protección a través del derecho de autor, bajo el entendido de que la forma en la que se presenta la información goce de originalidad, para lo cual cita el artículo 7 de la decisión 351 de la Comunidad Andina. Los estudios de audiencia (rating) consisten en el análisis del público receptor y de los procesos de recepción, tratándose así de datos objetivos derivados de una medición y, por la misma naturaleza de las bases de datos, su protección es limitada. Añade la providencia que esta puede llegar a ser considerada como una categoría de protección sui generis. Al respecto, la Alta Corte, hace un análisis jurisprudencial sobre la materia.

En lo referente al conflicto iniciado para la solicitud de esta interpretación prejudicial, los demandantes solicitaron al Consejo de Estado la nulidad de una resolución proferida por la SIC, a través de la cual se impusieron unas sanciones a los demandantes, por las supuestas prácticas comerciales restrictivas de la competencia, derivadas de un contrato de medición de audiencia de televisión suscrito con Ibope Colombia S.A.

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Modificado por última vez en Miércoles, 03 Abril 2024 09:38