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Consejo de Estado ordenó a Urbaser S.A. E.S.P. suspender el 69.57 % de los desechos que entran al relleno sanitario Loma Grande, hasta que acredite el estricto cumplimiento de la licencia ambiental otorgada para la ampliación del relleno

Escrito por  May 31, 2023

Dicha medida cautelar permanecerá vigente hasta que esa empresa acredite ante la CVS y el Tribunal el estricto cumplimiento a la licencia ambiental otorgada para la ampliación del relleno. Para la Sala, la primera de las órdenes impuestas por el a quo se encuentra en el

numeral 13.1 de la providencia apelada, y fue transcrita en el numeral 5.1. de este proveído, impuso a Urbaser la obligación de efectuar las actividades tendientes a suspender el vertimiento de lo que parecen ser lixiviados en el punto ubicado en las coordenadas 08° 42’ 36,5’’ y WO 75° 50’ 28,1’’, que tiene salida en la posición N 08°42’ 46,8” y WO 75° 50’ 31,1’’, operación para la que le otorgó veinte (20) días. Actividades que recaen dentro del marco contemplado por la licencia ambiental, pues el relleno sanitario es el encargado de manejar los lixiviados que produce y está en la obligación de evitar que existan filtraciones o vertimientos de esos líquidos, máxime cuando carece de permiso de vertimientos. Licencia ambiental que, ha quedado claro, no está siendo acatada por Urbaser en esta materia.

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Modificado por última vez en Martes, 06 Junio 2023 21:37