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“La atención médico asistencial idónea pero no oportuna puede dar lugar a responsabilidad del Estado por pérdida de oportunidad”: Consejo de Estado

Escrito por  Jun 05, 2023

 “Un menor de veintidós meses de edad fue atropellado por un automotor. En principio los médicos tratantes determinaron que el paciente se encontraba en buenas condiciones generales y que los exámenes de rayos X arrojaban resultados normales. Posteriormente, ante los

persistentes dolores abdominales, se ordenó una laparotomía en la que se encontró estallido gástrico. Durante la posterior intervención quirúrgica el menor presentó paro cardio respiratorio, falleciendo horas después”.

La Sala concluyó que “se acreditó una falla del servicio médico asistencial por parte del Hospital Antonio Roldán Betancur de Apartadó, la cual estuvo Causalmente relacionada con la muerte de la paciente, puesto que de haberse diagnosticado a tiempo la afección del paciente (trauma toraco abdominal severo con estallido de víscera), se hubiera brindado un tratamiento médico oportuno que hubiera evitado su fatal desenlace tres días después de su ingreso a ese hospital, de ahí que ese resultado dañoso le resulte imputable al ente hospitalario demandado”.

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