normativa aplicable, que controvierta la presunción de legalidad del acto administrativo y II) demostrar que la oferta presentada en la licitación era la mejor”.
En el presente caso, la Sala indicó que no se demostró que la adjudicataria hubiera desconocido las exigencias del pliego de condiciones en cuanto a los aspectos frente a los cuales giró la controversia, ya que no se desvirtuó la presunción de legalidad del acto de adjudicación y no se demostró que la demandante tuviera la mejor oferta. Por lo anterior, el Despacho no dictó ningún pronunciamiento en torno a la solicitud de nulidad del contrato cuya pretensión fue basada en la nulidad del acto previo.