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CE no accedió a solicitud de aclaración y adición de sentencia que declaró nula la elección de la Personera del municipio de Aguachica, para el período 2020-2024, por intervención en la celebración de contratos

Escrito por  Mar 21, 2023

Para la Sala, los fundamentos desarrollados en la sentencia para justificar la decisión, no contienen conceptos o frases ambiguas u oscuras que ameriten alguna aclaración mediante auto, pues la temática fue tratada de manera completa desde el planteamiento normativo y

conceptual. “En este caso, no se advierte que la alegación realizada por el memorialista encuadre dentro de los aspectos omisivos que ha requerido el legislador den lugar a la adición del fallo, porque el planteamiento de la parte accionada es la oposición a un aspecto de hermenéutica frente al que está en desacuerdo, pero que es ajeno a la adición, porque no se trata de reenviar de nuevo a la discusión de las instancias, sino de llenar un vacío en los extremos de la litis, que en este caso no se dio. En consecuencia, se negará la solicitud de adición”.

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