aspirante a la adjudicación cumpla los requisitos exigidos en la Ley 160 de 1994 o el Decreto Ley 902 de 2017, según el caso.
“La Ley 1955 de 2019 en su artículo 80 asignó funciones de gestor catastral a la Agencia Nacional de Tierras, con la precisión que solo levantará los componentes físico y jurídico del catastro, necesarios para los procesos de ordenamiento social de la propiedad o los asociados al desarrollo de proyectos estratégicos del orden nacional priorizados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural”.