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Competencia de la ANT en suelos de expansión urbana

Escrito por  Mar 10, 2023

“El problema jurídico que se plantea en la consulta, se contrae a determinar si los baldíos que son incluidos por un ente territorial en la categoría de suelo de expansión urbana continúan o no bajo la administración de la Agencia Nacional de Tierras”. Del contexto normativo que

se desarrolla en el presente concepto “hasta tanto no se anexen al perímetro urbano mediante la adopción de un plan parcial, los baldíos ubicados en suelo de expansión urbana se predican de propiedad de la Nación y por tanto sometidos a la administración de la Agencia Nacional de Tierras, quien puede destinarlos a los programas de titulación tanto a favor de personas naturales como en beneficio de entidades de derecho público”.

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