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CE analizó el debido proceso en el marco del procedimiento sancionatorio contractual, al estudiar una demanda contra el acto por el cual el Fondo de Desarrollo Local de Usme declaró el incumplimiento de una obra e impuso multa al contratista

Escrito por  Ene 24, 2023

Para la Sala está demostrado que el consorcio Cilca Ingenieros, solicitó la prórroga del contrato por seis meses, aduciendo demoras en la ejecución por inconvenientes climatológicos y en la obtención de permisos ambientales y de movilidad.

La Sala estimó infundado el reproche del garante frente a los términos en que quedó convenido el consenso sobre la ampliación del plazo negocial, “pues se aparta y desconoce que el mismo fue el producto de la autodeterminación de su asegurado, el que concurrió a su suscripción sin alegar la inconveniencia sobre el plazo acordado, debiendo hacerlo si era su criterio el concebir que ese periodo era insuficiente para atender los compromisos que a él le correspondía cumplir. Por las razones expuestas los cargos atinentes a la insuficiencia de la prórroga se encuentran infundados”.

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