De acuerdo con la doctrina publicada por Superfinanciera, la asesoría es una actividad privativa de las entidades vigiladas por la SFC y su ejercicio sin autorización previa constituye una actividad ilegal. Se encuentran exceptuadas de lo anterior y por ende de la aplicación del
régimen de asesoría, el suministro de consejos y la prestación de servicios profesionales, así como la elaboración de informes de investigación y comunicaciones generales, cuando su ejercicio cumpla con las condiciones de excepción que establece el referido marco normativo .
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