Para la Sala, en los términos formulados en la demanda y de las pruebas allegadas al expediente, advierte que contrario a lo dicho por el actor, la ANLA, en desarrollo de sus funciones, ha impuesto en contra de ISAGEN frente a la realización de actividades ante las irregularidades presentadas en el proyecto hidroeléctrico Río Sogamoso,
localizado en jurisdicción de los municipios de Girón, Betulia, Zapatoca, Los Santos, San Vicente de Chucuri, Lebrija, Puerto Wilches, Sabana de Torres y Barrancabermeja, en el departamento de Santander, para que en el término de seis (6) meses, presente soportes o evidencias del cumplimiento de las obligaciones transcritas en esta providencia.
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