República para el período 2018-2022, por haber incurrido en la inhabilidad de celebración de contratos prevista en el artículo 179.3 de la CP.”
El comunicado oficial de la decisión indicó que se “dejó en firme la sentencia proferida por la Sección Quinta de la sala de lo contencioso administrativo del Consejo de Estado, que declaró la nulidad de la elección del ciudadano Antanas Mockus Sivickas, como senador de la
República para el período 2018-2022, por haber incurrido en la inhabilidad de celebración de contratos prevista en el artículo 179.3 de la CP.”