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Emitido concepto de la Sala de Consulta del Consejo de Estado sobre el hecho generador de la contraprestación periódica por la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones

Escrito por  Jun 15, 2022

Se levantó la reserva de un concepto de la Sala De Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado del 16 de mayo de 2018, a través del cual el ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones formuló a la Sala una consulta relacionada con el hecho generador de la contraprestación que deben pagar los proveedores de

redes y servicios de telecomunicaciones, en específico, si los servicios de telebanca y transacción financiera a distancia, así como los de vigilancia privada o monitoreo de alarma, son hechos generadores de la citada contraprestación. La Sala concluyó que “a la luz del ordenamiento jurídico vigente los servicios de manejo y procesamiento de la información que pueden prestar algunos operadores según las características específicas de cada uno no configuran por sí mismo la naturaleza de un servicio de telecomunicaciones ni generan la contraprestación periódica consagradas en los artículos 10 y 36 del estatuto de las TIC”.

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