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CE absolvió consulta sobre las normas aplicables al proceso de capitalización de la sociedad Grupo Bicentenario S.A.S., y a la fusión de entidades fiduciarias que tienen el carácter de sociedades de economía mixta con capital mayoritario del Estado

Escrito por  May 18, 2022

Para dar respuesta a los interrogantes formulados por el ministro de Hacienda, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado  analizó los siguientes puntos: “I) el proceso de conformación del Grupo Bicentenario, II) el Decreto Legislativo 492-2020 (medidas para el fortalecimiento del Fondo Nacional de Garantías, III) la vigencia en el tiempo de la regla especial

establecida en el artículo primero del Decreto 492-2020 (Fortalecimiento patrimonial del grupo bicentenario S.A.S.), IV) el alcance de la normativa ordinaria aplicable a la capitalización del Grupo Bicentenario, V) las sociedades de economía mixta, VI) la noción de la fusión de sociedades, VII) la fusión de sociedades en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y VIII) la facultad del presidente para fusionar sociedades de economía mixta de carácter fiduciario”.

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