La DIAN precisó los requisitos para acreditar la no causación del impuesto a los productos plásticos de un solo uso. La entidad señaló que el único documento válido para acceder a este tratamiento es el Certificado de Economía Circular (CEC), expedido exclusivamente por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), con una vigencia de un año. Asimismo, aclaró que otras certificaciones o el cumplimiento de planes de gestión de envases y empaques, por sí solos, no generan la exención ni la reducción del gravamen. En consecuencia, la presentación del CEC constituye un requisito indispensable para acreditar la no causación del impuesto. La DIAN también precisó el contenido mínimo que debe incluir este certificado.