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CGR aclaró disposiciones sobre la celebración de convenios interadministrativos entre entidades del orden nacional y entidades territoriales

Escrito por  May 27, 2022

En los términos del artículo 124 de la Ley 2159 del 2021 las entidades del orden nacional podrán celebrar convenios interadministrativos con las entidades territoriales, para ejecutar programas y proyectos correspondientes al Presupuesto General de la Nación. Estos convenios no están restringidos a un tipo de programa o proyecto específico, solo se restringe a aquellos

cuya financiación provenga de recursos del Presupuesto General de la Nación. Dicho artículo no prevé que la financiación de los contratos o convenios que se celebran a su amparo deban sufragarse, en su totalidad, con recursos del Presupuesto General de la Nación. Esto significa que, en este tipo de convenios no se excluye la figura de la cofinanciación por parte de las entidades territoriales.

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