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CE declaró incumplimiento de AREMARI por unos contratos de suministro de energía electica y al pago de las cláusulas penales pactadas a cargo de CEDELCA y, a ésta, a los intereses moratorios sobre las sumas pagadas por fuera del término pactado

Escrito por  May 09, 2022

AREMARI S.A. E.S.P., celebró con CEDELCA S.A. E.S.P. unos contratos, cuyo objeto consistió en el suministro de energía eléctrica por parte de la primera a favor de la segunda, bajo la modalidad de “pague lo contratado o prepago”.

El Tribunal Administrativo de Casanare declaró el incumplimiento de las obligaciones a cargo de AREMARI S.A. E.S.P. en lo concerniente al suministro de la energía eléctrica del mes de diciembre de 2009 y la mora en el cumplimiento de las obligaciones a cargo de CEDELCA S.A. E.S.P. correspondientes al prepago del suministro de energía de dicho mes, condenando a la primera al valor proporcional de las cláusulas penales pactadas en los contratos y a la segunda a los intereses moratorios sobre las sumas pagadas tardíamente. La Sala modificó la decisión del a quo, pero sólo en cuanto a la actualización del saldo total que AREMARI S.A. E.S.P. adeuda a CEDELCA S.A. E.S.P. y la liquidación de los contratos, la cual arroja como saldo final a cargo de AREMARI S.A. E.S.P. la suma de $3.233.929.321,06 y a CEDELCA S.A. E.S.P. una suma a favor de AREMARI S.A. E.S.P., por concepto de intereses moratorios.

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