suscrito por Minas Paz del Río S.A., se sobrepone a una vía pública terciaria que comunica a los municipios de Corrales y Nobsa, Boyacá, sobre la cual la firma demandante proyectó la construcción de un gasoducto.
El Consejo de Estado decide no reponer el auto 29 de marzo de 2019 ya que el recurso de reposición sometido a su conocimiento tiene por objeto la revocación de la decisión de negar la solicitud de medida cautelar, en razón al contenido un documento que no fue aportado oportunamente, que habría sido suscrito –según lo afirmado– mucho antes de la presentación de la solicitud de suspensión, sin que se explique la imposibilidad para allegarlo oportunamente