el Distrito de Bogotá para las “actividades de comercialización, recolección, transporte, barrido y limpieza de vías y áreas públicas, corte de césped, poda de árboles, lavado de áreas públicas, instalación y mantenimiento de cestas”.
La demanda fue formulada el 14 de diciembre de 2017, luego es extemporánea, por lo que se declarará probada la excepción de caducidad del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho y se dará por terminado el proceso.